En la audiencia de formalización del patrón de la embarcación que naufragó en Bahía Mansa, dejando un saldo de siete personas fallecidas, la Fiscalía reveló que el imputado instó a los pasajeros a no solicitar auxilio, asegurando que la situación estaba bajo control y que la Armada monitoreaba el trayecto, lo que resultó ser falso.
El Juzgado de Garantía de Osorno llevó a cabo la formalización del acusado, quien compareció vía Zoom desde el CCP Osorno. El Ministerio Público le imputó los delitos de homicidio simple con dolo eventual y 24 lesiones menos graves, derivadas del trágico naufragio de la embarcación “Río Cholguaco”, ocurrido el domingo en Bahía Mansa. Entre las víctimas se encuentran Nora Mera, Iris Marileo, Francisco Marileo, Rodrigo Naguil —todos miembros de una misma familia—, Mónica Hernández, Lucía Makarena Garnica y Cecilia Nail.
Relato de los Sobrevivientes: La Orden de No Pedir Ayuda
Durante la audiencia, la fiscal María Angélica de Miguel presentó los testimonios de sobrevivientes y pescadores, quienes fueron los primeros en llegar al lugar del siniestro y rescataron a varios de los afectados.
Según la investigación, la familia Marileo Mera contrató un servicio exclusivo de traslado desde Bahía Mansa a Caleta Cóndor, pagando cada uno de los 21 pasajeros la suma de 27 mil pesos por el viaje ida y vuelta. Sin embargo, el patrón subió a más personas en otros muelles, alcanzando un total de 34 ocupantes, lo que generó una sobrecarga en la nave.
Los testimonios revelan que no todos contaban con chalecos salvavidas, algunos pasajeros viajaban de pie y otros incluso sobre el techo de la embarcación. A esto se sumó el peso adicional del equipaje.
Licencia Vencida y Sin Autorización de Navegación
De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía, el imputado no tenía autorización para operar la lancha, propiedad de su padre. Su licencia estaba vencida y, además, entregó una lista incompleta de pasajeros, registrando solo 22 personas. Tampoco contaba con un tripulante, lo que no fue informado a la autoridad marítima, y en su lugar llevaba a una adolescente de 16 años.
La embarcación “Río Cholguaco” contaba con un zarpe autorizado a nombre del padre del imputado, quien no realizó el viaje aquel día.
Ante la preocupación de los pasajeros por el fuerte oleaje, el patrón habría pedido que no se llamara a emergencias, insistiendo en que tenía todo bajo control. Aseguró que la Armada estaba monitoreando la embarcación, algo que la investigación desmintió, pues nunca usó la radio ni pidió auxilio.
En un momento crítico, el patrón dejó el timón en manos de un tercero mientras revisaba el motor. Según se informó, dicha persona era un militar en estado de ebriedad, quien no supo cómo reaccionar.
Caos y Desesperación: La Lucha por Sobrevivir
El naufragio se produjo tras varios intentos de redistribuir el peso en la embarcación para evitar el vuelco. En medio de la emergencia, los pasajeros rompieron las ventanas con sus puños para intentar salir. Según los testimonios, el patrón fue el primero en abandonar la nave sin prestar ayuda a los demás ocupantes.
Una vez en el agua, no todos contaban con chaleco salvavidas. Pescadores artesanales que llegaron a socorrer a los afectados relataron que una de las víctimas tuvo que desprenderse de su chaleco para salvar a su hijo.
Según la Fiscalía, la sobrecarga de la embarcación respondió a un motivo económico, ya que el imputado aceptó más pasajeros a pesar de conocer la capacidad límite de la nave.
Postura de la Defensa y Medidas Cautelares
La defensa del imputado reconoció que hubo negligencia en su actuar, pero rechazó la acusación de dolo, argumentando que se trataría de un cuasidelito de homicidio. Mientras la Fiscalía solicitó la prisión preventiva, el abogado defensor pidió que solo se decretara el arraigo nacional.
El abogado también refutó parte de la versión del Ministerio Público, indicando que algunos sobrevivientes aseguraron que todos portaban chalecos salvavidas y que su defendido intentó evitar que el agua ingresara a la embarcación. Además, destacó su experiencia como pescador y bombero.
Cabe mencionar que, por disposición del tribunal, no se puede revelar la identidad ni mostrar el rostro del imputado.
Fuente de información: biobiochile.